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Abogado de Órdenes de Restricción de Florida
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    Una orden de restricción es cuando un tribunal ordena a una persona que se mantenga alejada de otra persona. También se le llama mandato judicial. Las víctimas de violencia doméstica o que se sientan amenazadas de lesiones e inseguras tienen el derecho legal de intentar obtener esta orden judicial contra el presunto delincuente. Las órdenes de restricción a menudo se usan en casos de violencia doméstica, acoso, acecho o disputas entre vecinos.

    El término legal para una orden de restricción es una orden judicial. La persona que busca protección es el “Peticionante”. El peticionario presentará una orden de restricción contra un "demandado".

    La orden de restricción prohibiría que el demandado se comunique con el peticionario. El contacto incluye:

    • hablando en persona
    • Acercarse a cierta proximidad a la víctima
    • llamar
    • E-mailing
    • Escribiendo una carta
    • Los mensajes de texto
    • Comentando en su historia de Instagram
    • Enviando un DM a través de cualquier plataforma de redes sociales

    Si bien las órdenes de restricción prevalecen en casos de violencia domestica, también se utilizan para la violencia en el noviazgo, agresión sexual, acecho y explotación de adultos vulnerables. Algunos escenarios de órdenes de restricción de tipo de violencia no doméstica podrían incluir

    • Un miembro frustrado de una Asociación de Propietarios (posiblemente contra un antiguo inquilino)
    • Un empleado que se siente acosado por un compañero de trabajo
    • Un cuidador que a sabiendas o por negligencia explota a su pariente anciano
    • Una persona que recibe mensajes de texto y correos electrónicos amenazantes persistentes (acoso cibernético)

    Una vez que un peticionario presenta una orden de restricción, el demandado debe cesar todo contacto. Si el demandado no detiene el contacto, eso se considera una violación de la orden de restricción.

    Violencia Doméstica: Una Preocupación Seria en Florida

    La violencia doméstica es un patrón de comportamientos abusivos utilizados para mantener el poder o el control sobre la víctima. Las víctimas de abuso doméstico pueden ser una pareja íntima, un ex o un miembro de la familia. Las mujeres de 18 a 34 años generalmente experimentan las tasas más altas de violencia de pareja íntima.

    Aquí hay algunas estadísticas sobre violencia doméstica en Florida de 2020:

    • Según la el Departamento de Niños y Familias de Florida, las víctimas denunciaron 106,515 delitos de violencia doméstica a las agencias o autoridades encargadas de hacer cumplir la ley de Florida.
    • Sesenta y tres mil doscientos diecisiete de esos delitos de violencia doméstica resultaron en arrestos.
    • Según los informes, los defensores de la violencia doméstica hicieron 150,799 planes de seguridad personalizados.
    • Las agencias de violencia doméstica y los programas de defensa brindaron 200,00 horas de servicios de defensa y asesoramiento a las víctimas de abuso.
    • Setenta y dos mil trescientas veintiuna personas llamaron a la línea directa de violencia doméstica para solicitar servicios de emergencia, información de ayuda y asistencia en la planificación de la seguridad.

    Los números muestran que, si bien la violencia doméstica no es la única razón por la que los peticionarios solicitan medidas cautelares en Florida, es la más común.

    El condado de Pinellas constantemente sobrerrepresenta los casos de violencia doméstica en Florida. Por ejemplo, de 2001 a 2020, el condado de Pinellas ha tenido repetidamente una mayor tasa de denuncias de violencia doméstica que el promedio de Florida.

    Según la Registros del secretario del condado, de enero de 2021 a agosto de 2022, el condado de Pinellas documentó 500 casos de interdictos internos. Aquí hay un desglose de las medidas cautelares por tipo:

    • 156 estaban relacionados con el Acecho
    • 278 estaban relacionados con la Violencia Doméstica
    • 41 estaban relacionados con la violencia reincidente
    • 25 estaban relacionados con la violencia en el noviazgo

    Florida ocupa el puesto 21, después de Alabama, en los EE. UU. para las tasas de violencia doméstica contra las mujeres, en 37.4%, ligeramente superior al promedio nacional de 37.2%.

    Estadísticas de acecho en Florida

    • El 2-4% de los hombres y el 8-12% de las mujeres han sido víctimas de acoso en algún momento de su vida.
    • El 87% de los acosadores son hombres.
    • Las mujeres tienen TRES veces más probabilidades de ser acosadas que violadas.
    • Las mujeres tienen DOS veces más probabilidades de ser agredidas físicamente que acosadas.
    • De todas las mujeres a las que una pareja actual o anterior ha acechado:
      • El 81% también son agredidos físicamente por esa pareja.
      • 31 también son agredidas sexualmente por esa pareja
    • La duración media de la participación es de 1.8 años.
    • Con parejas íntimas, la duración media del acoso es de 2.2 años.

    Impacto

    • El 26% de las víctimas de acecho informaron haber perdido tiempo en el trabajo
    • 20-30% busca asesoramiento psicológico
    • El 56% de las mujeres víctimas toman algún tipo de medida de autoprotección, a veces tan drástica como mudarse a una nueva casa, barrio o estado.
    • Las víctimas de acecho experimentan niveles más altos de ansiedad, insomnio, disfunción social y depresión severa que la población general, particularmente si el acecho implica ser seguido o destruir propiedad.

    Comportamientos comunes de acecho

    • siguiendo / apareciendo donde quiera que estés
    • Envío de gifs, cartas, tarjetas o correos electrónicos no deseados
    • Llamadas telefónicas implacables a pesar de las solicitudes para detener el contacto
    • Daños a su casa, automóvil o cualquier otra propiedad personal
    • Usar tecnología para rastrear o monitorear su paradero
    • Acecha alrededor de tu casa, clase, trabajo o trabajo.
    • Te amenazó a nuestra familia, amigos o mascotas
    • Acechado por un representante a través de terceros que lo contactan o lo acosan
    • Averiguar sobre su uso de registros públicos o recursos en línea
    • Publicar información que implique difamación o calumnia
    • Cualquier otra acción para controlarlo, rastrearlo o intimidarlo

    ¿Qué es una orden de restricción en Florida?

    El término legal para una orden de restricción en Florida es "orden judicial de protección". Entonces es un documento emitido por la corte para proteger a la víctima de más daño.

    Daño es cualquier forma de abuso, incluido el abuso físico, el abuso sexual, el contacto no deseado o incluso estar a cierta distancia de la víctima.

    Florida tiene seis categorías diferentes para órdenes judiciales de protección:

    • Medidas Cautelares de Protección contra la Violencia Doméstica;
    • Medidas cautelares de protección contra la reincidencia en la violencia
    • Medidas cautelares de protección contra la violencia en el noviazgo
    • Medidas cautelares de protección contra la Violencia Sexual
    • Medidas cautelares de protección contra el Acecho o Ciberacoso
    • Medidas cautelares de protección contra la explotación de un adulto vulnerable

    Las órdenes de restricción pueden imponer restricciones al demandado más allá de prohibir la comunicación. Por ejemplo, pueden exigir que una persona se mude de un hogar compartido o que comience a pagar la manutención de los hijos. Además, cualquier empleador, empleador potencial o arrendador que realice una verificación de antecedentes podrá encontrarlo. Eso podría hacer que sus probabilidades de encontrar empleo o vivienda sean muy desafiantes.

    Si el demandado abusa del peticionario o viola la orden de restricción en cualquier momento, la policía puede arrestarlo.

    Comprender los diferentes tipos de órdenes de restricción en Florida

    Hay seis tipos de mandatos judiciales. Están:

    Órdenes de restricción de violencia doméstica

    • Un peticionario puede presentar una orden de restricción de violencia doméstica si tiene violencia doméstica por parte de un miembro de la familia o miembro del hogar.
    • Violencia doméstica bajo Estatua Florida 741.28 es cualquier:
      • asalto,
      • asalto agravado,
      • agresión con lesiones,
      • Batería agravada,
      • agresión sexual
      • agresión sexual,
      • acecho,
      • acoso agravado,
      • secuestro,
      • Falso encarcelamiento,
      • o cualquier delito penal que resulte en lesiones físicas o la muerte de un miembro de la familia o del hogar por parte de otro miembro de la familia o del hogar”.
    • Los miembros de la familia son cónyuges, ex cónyuges, cualquier persona relacionada por sangre o matrimonio, o que viven juntos como una "familia" en el mismo hogar. La excepción son las personas con un hijo en común; independientemente de los arreglos de vivienda, son "familia".

    Orden de restricción de violencia repetida

    El peticionario debe probar que:

    • asalto o agresión tuvo lugar para calificar para solicitar una orden de restricción de violencia repetida
    • Simplemente afirmar que el Demandado tiene un historial de tendencias violentas no será suficiente.

    Una orden de protección por violencia repetida generalmente ocurre entre dos personas que no viven juntas o no son familiares ni están involucradas en una relación doméstica.

    Aquí hay algunos tipos comunes de asociaciones que vemos que involucran una orden judicial de violencia repetida:

    • Empleadores y empleados
    • Compañeros de trabajo
    • escuela o compañeros de clase
    • Compañeros de habitación
    • Vecinos
    • Friends

    El peticionario debe tener:

    • temor legítimo de peligro inminente o violencia
    • y ser capaz de probar al menos dos instancias separadas de agresión.

    Algunos ejemplos de acciones que NO son admisibles como el tipo de violencia requerida para esta orden de restricción:

    • Gritos
    • gestos obscenos con las manos sin un acto aparente que atemorice al peticionario
    • Aludir a que el demandado posee un arma y no tiene miedo de usarla
    • Recibir flores no deseadas o cartas no amenazantes del Demandado

    Todo lo anterior puede parecer aterrador y amenazante para el peticionario. Desafortunadamente, sin embargo, ninguno de ellos es evidencia suficiente para respaldar una orden judicial por violencia repetida.

    Los múltiples actos de violencia derivados de un solo incidente no se consideran violencia repetida.

    No calificará para una Orden de Restricción de Violencia Repetida si no hay tiempo o distancia entre los actos violentos.

    Sin embargo, despus Levy contra Jacobs, 69 So.3d 403 (Florida, 4º DCA 2011), solo se requieren cinco minutos entre dos incidentes para tener dos relatos separados de violencia elegibles para una orden judicial de violencia repetida.

    Orden de restricción de violencia de acecho

    El acecho se está convirtiendo en uno de los tipos de órdenes de alejamiento más utilizados. los carga de la prueba depende del peticionario demostrar al tribunal que ha sido víctima de acoso. El peticionario debe presentar evidencia sustancial y competente al tribunal para ser elegible para una orden de restricción por acecho.

    Estatuto de Florida § 784.048: define el acoso como:

    • “seguir, acosar o acosar cibernéticamente a otra persona de manera voluntaria, maliciosa y repetida”.
    • y mientras hace una amenaza creíble a esa persona
    • El "acoso" se define como "cualquier acción hacia la víctima que no tenga un propósito legítimo y que cause una angustia emocional significativa".

    Como se define en § 784.048: Una “amenaza creíble” es

    • Cualquier amenaza verbal o no verbal que provoque o invoque miedo en la víctima
    • Amenazar o amenazar con dañar a los amigos o familiares de las víctimas
    • Hacer amenazas con la capacidad e intención evidentes de llevar a cabo la amenaza y causar daño.

    Además, la conducta anterior definida como acecho debe haber ocurrido en al menos dos ocasiones separadas para que el peticionario presente una medida cautelar por acecho.

    Si bien la ley de Florida define términos clave bajo el estatuto de mandato judicial contra el acecho, tenga en cuenta que no existe una definición legal para "angustia emocional sustancial". Como resultado,

    El acecho se está convirtiendo en un tipo predominante de orden judicial porque es más fácil de probar por parte del peticionario. Además, se está convirtiendo en un tipo de mandato judicial “cajón de sastre” en el que se confunden las alegaciones.

    Estatuto de Florida § 784.0485 permite que la víctima de acecho o un padre o tutor legal de un niño menor que vive en el hogar y que es víctima de acecho presente una medida cautelar contra el acecho.

    Orden de restricción de violencia sexual

    Se podría presentar una medida cautelar por violencia sexual si el delincuente cometió alguno de estos actos:

    • Agresión sexual (el capítulo 794)
    • Acto lascivo y lascivo sobre o frente a un menor de 16 años
    • Atrajo o sedujo a un niño (el capítulo 787)
    • requería que un niño realizara actos sexuales (Capítulo 827)
    • O cometió cualquier delito grave por la fuerza que involucre un acto sexual cometido o intentado.

    El peticionario debe denunciar la violencia sexual a la policía. Luego, deben cooperar con cualquier proceso penal para presentar una medida cautelar por violencia sexual.

    Si la otra persona (Demandado) ha estado en prisión por violencia sexual y su liberación es dentro de los 90 días, se puede presentar una orden de restricción de violencia sexual.

    Orden de restricción de violencia en el noviazgo

    La violencia en el noviazgo puede ocurrir en persona o electrónicamente y puede incluir abuso físico, sexual, emocional y verbal. Ocurre entre personas que anteriormente tenían una relación romántica o íntima continua y significativa.

    Para ser elegible para una orden de restricción de violencia en el noviazgo, las personas que salen con alguien deben cumplir con criterios específicos:

    • La relación de noviazgo del peticionario y el demandado existió dentro de los últimos seis meses.
    • La naturaleza de la relación se caracterizó por la expectativa de afecto y compromiso sexual entre las partes.
    • La frecuencia y el tipo de interacción incluyeron a las personas involucradas a lo largo del tiempo y de manera continua durante su relación.
    • La violencia en el noviazgo NO se aplica a
      • relación casual o
      • Violencia entre personas que han fraternizado en un contexto empresarial o social.

    Los ejemplos de violencia en el noviazgo incluyen:

    • Asalto agravado
    • Batería agravada
    • Acoso agravado
    • Cualquier ofensa criminal que resulte en lesiones físicas o agresión mortal
    • Baterías
    • Falso encarcelamiento
    • Secuestro
    • Agresión sexual
    • Agresión sexual
    • Acecho

    Explotación de un adulto mayor o vulnerable

    En Florida, un “adulto vulnerable” es una persona de 18 años o más que no puede realizar las actividades normales de la vida diaria o proporcionar su propio cuidado o protección. O, si están deteriorados debido a:

    • Las enfermedades del envejecimiento
    • mental, emocional, sensorial, disfunción o discapacidad
    • Discapacidad física o del desarrollo a largo plazo de la disfunción
    • Daño cerebral

    Entonces se les considera un adulto vulnerable.

    Para ser elegible para presentar una petición de explotación de una orden de restricción de un adulto vulnerable, el peticionario debe probar que está en peligro inminente o que es víctima de explotación. Este tipo de orden de restricción a menudo protege al peticionario y sus bienes.

    Para determinar si tiene una causa razonable o si es víctima de explotación, el tribunal debe considerar todos los factores pertinentes alegados en la petición. Esos factores incluyen, pero no se limitan a:

    • La relación entre el peticionario y el demandado
    • Si hay un caso de tutela en curso
    • Si ha habido algún informe a una agencia gubernamental sobre abuso, negligencia o explotación del adulto vulnerable.
      • Los resultados de cualquier presunto informe o investigación.
    • Cuán dependiente es el adulto vulnerable del demandado para su cuidado
    • Si el adulto vulnerable tiene disposiciones alternativas para el cuidado en ausencia del Demandado
    • La lista de activos, cuentas y líneas de crédito en todas las instituciones financieras que solicitan ser congeladas.

    El paso más importante que puede tomar un peticionario es asegurarse de elegir y presentar el tipo correcto de orden de restricción.

    Si no lo hacen, lo más probable es que el Juez de turno de ese día deniegue la solicitud de medida cautelar. Es por eso que le conviene trabajar con un abogado con experiencia en órdenes de restricción de Florida, independientemente de su lado.

    ¿Cómo obtengo una orden de restricción en Florida?

    Primero, el peticionario irá al juzgado local de Florida para reunir la documentación necesaria. Luego presentarán una petición de “mandato de amparo”. El peticionario debe presentar la petición en el condado de Florida en el que reside. Los peticionarios pueden presentar pro se pero puede resultarle más fácil contratar a un Abogado de Órdenes de Restricción de Florida para presentar la documentación.

    Después de que el peticionario complete y presente el paquete, el juez de turno ese día revisará la documentación. Luego, con base en los hechos provistos en la petición, el Juez decidirá. Si descubren que el demandado representa una amenaza inmediata para el peticionario, emitirán inmediatamente una orden judicial temporal. Esto se considera un ex parte medida cautelar ya que el Juez solo ha escuchado un lado de la historia, y la otra parte no ha sido notificada.

    Si el Demandado es pareja, cónyuge o persona que convive con el Demandante, tiene derecho a solicitar acompañamiento policial al domicilio. Luego, la policía hará cumplir la orden de restricción temporal en la casa del peticionario.

    Si un peticionario desea hacer cumplir una orden de restricción a largo plazo, requerirá una audiencia judicial completa. El demandado debe estar presente en la audiencia del tribunal y tener la oportunidad de presentar su caso.

    ¿Puedo cancelar una orden de restricción en Florida?

    Según la ley de Florida, puede presentar una Moción de Modificación de Interdicto de Protección modificar los términos o eliminar una orden de restricción. Debe completar el formulario y firmarlo ante un notario público o ante el secretario del tribunal de circuito.

    Retirar o modificar una orden de restricción requerirá que asista a una audiencia en la corte y presente su caso. A menos que tenga experiencia legal y se sienta seguro representándose a sí mismo en la corte, lo mejor que puede hacer es contar con la ayuda de un Abogado Penal de Florida.

    Es posible disolver la medida cautelar si el demandado puede probar que las circunstancias que validaron la orden de protección ya no existen. O, si esas circunstancias cambian y el peticionario ya no está en peligro, la orden de restricción ya no sería necesaria.

    Según la Ramírez v. Teutsch, 134 Entonces. 3d 995 (Fla. 1st DCA 2012), los cambios circunstanciales que podrían hacer que la medida cautelar ya no tenga un propósito útil, incluyen:

    • Las partes se han mudado a vivir lejos una de la otra
    • Las partes conviven sin violencia desde hace varios años.
    • El peticionario y el demandado tienen un único motivo para interactuar, que ha terminado o terminará pronto.

    ¿Las órdenes de restricción son registros públicos de Florida?

    Sí. Dado que las órdenes de restricción son mandatos judiciales civiles, son registros públicos en Florida. Sin embargo, no suelen ser de fácil acceso para el público en general. Esto es principalmente para proteger la privacidad y seguridad del peticionario.

    under Estatuto de Florida § 741.30, el peticionario puede proporcionar una dirección al tribunal en una presentación confidencial separada (de la petición de medida cautelar) por razones de seguridad.

    ¿Cuánto cuesta presentar una orden de restricción?

    Es gratis presentar una petición de protección. Puede presentar la solicitud de forma independiente, pero le beneficiará contar con un profesional experimentado que lo ayude durante el proceso. Puede ser increíblemente difícil para usted dar una fuerte pelea si el demandado tiene representación legal y el caso va a juicio.

    ¿Qué evidencia necesito para una orden de restricción en Florida?

    Prueba de que estás en peligro

    Dado que se supone que una orden de restricción impide que alguien se comporte de manera amenazante, necesitará pruebas de que representa un peligro para usted.

    A veces, la única forma de detener el peligro es ordenar al demandado que se mantenga a cierta distancia del peticionario. Sin embargo, una orden de restricción también puede prohibir que el Demandado se comunique con la familia del Demandante, llame después de ciertas horas u otros comportamientos no deseados.

    Antes de que un juez acepte otorgar una orden de restricción, debe probar que la otra persona lo está poniendo en peligro legítimo.

    Detalles específicos de incidentes

    Cuando presente una petición de medida cautelar, deberá brindar un informe detallado de todos los incidentes de amenazas, violencia, abuso o conductas intimidatorias del Demandado. Es importante dar ejemplos concretos e incluir fechas, horas y lugares específicos. Por ejemplo, "me siguió a casa durante cuatro días seguidos" será una evidencia mucho más convincente que "me está acechando".

    Con respecto a las medidas cautelares por acecho, la mera sospecha de que alguien te está siguiendo no es prueba suficiente. En su lugar, el tribunal le pedirá hechos concretos y pruebas tangibles para probar sus alegaciones.

    Es posible que tengas un vecino muy espeluznante o un ex violento con un temperamento explosivo. Pero un juez no sabe eso y, a menos que tenga pruebas suficientes para probar sus afirmaciones, el juez no emitirá una orden de protección.

    Cualquier prueba que demuestre que el demandado lo amenazaría o ya lo ha hecho en el pasado será muy útil.

    Recuerde que le está pidiendo a la corte que restrinja la libertad de alguien al obtener una orden de restricción en su contra, así que tenga una buena razón para hacerlo.

    ¿Qué sucede si alguien presentó una orden de restricción en mi contra?

    Si alguien presenta una petición para obtener una orden de restricción en su contra, un juez puede ordenarle que no tenga contacto con el peticionario. Eso incluye cualquier forma de contacto (cartas, tarjetas, llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto, redes sociales, etc.).

    La orden judicial también dará instrucciones precisas para una visita única para recuperar sus pertenencias personales en presencia de la policía.

    Qué hacer si alguien presenta una orden de restricción en su contra

    Una vez que un peticionario presente una orden judicial en su contra, la oficina del alguacil se la entregará. El interdicto inicial o la orden de restricción entrará en vigencia mientras espera una audiencia judicial completa.

    Lo primero que debe hacer es llamar a un abogado con experiencia en órdenes de restricción de Florida. Necesitarán tiempo para diseñar una estrategia de defensa en su nombre. Los mandatos judiciales en Florida también son registros públicos, por lo que esto podría empañar su nombre.

    Debe Obedecer una Orden de Restricción Temporal en Florida

    Las órdenes de restricción temporal son válidas hasta que el juez fije una fecha en la corte para una “audiencia final de orden de protección”. La fecha de esa audiencia estará en la documentación que se le entregó.

    Si no obedece una orden de restricción temporal, puede ser arrestado y acusado de un delito menor de primer grado. Las sanciones por violar una orden de restricción son de hasta un año de cárcel y hasta $1 en multas.

    Entregue toda la evidencia a su abogado de órdenes de restricción de Florida

    Reúna todas las pruebas que puedan demostrar que las afirmaciones del peticionario son falsas, si corresponde. Esto incluye fotos de lesiones y mensajes de texto. Luego entregue todas las pruebas a su abogado.

    ¿Qué sucede si violo una orden de restricción en Florida?

    Los demandados deben seguir las estipulaciones de la orden de restricción. Dado que son órdenes dictadas por un tribunal, son legalmente vinculantes.

    Cualquier violación de los términos de su orden judicial resultará en un delito menor de primer grado y la posibilidad de hasta un año de cárcel y $1,000 en multas.

    Puede costarle su trabajo, su casa o la oportunidad de encontrar otros nuevos. Además, puede perder tiempo con su familia y sus hijos.

    ¿Necesito un abogado defensor de órdenes de restricción de Florida?

    No es un requisito que contrate a un abogado para defenderse de una orden de restricción, pero será muy ventajoso. Dado que las órdenes de restricción son registros públicos, su reputación está en juego. Hay muchas consecuencias que puedes evitar con un abogado de la defensa en tu rincón.

    Los abogados de órdenes de restricción conocen la carga de la prueba y podrán guiarlo a través de los requisitos procesales del juicio.

    Si alguien tiene una orden de restricción en su contra, no hace falta decir que está pasando por un momento confuso y emotivo. Sin embargo, al buscar la ayuda de un abogado con experiencia en órdenes de restricción de Florida, puede ahorrarse mucho estrés.

    Póngase en contacto con un abogado de órdenes de restricción de Florida hoy

    Nunca subestime el poder de tener de su lado a un abogado con experiencia en órdenes de restricción de Florida. Hemos defendido a innumerables clientes con varios aspectos de las órdenes de restricción en el condado de Pinellas. Ya sea que usted sea el peticionario o el demandado, tenemos la experiencia y los conocimientos necesarios para ayudarlo.

    Entonces, ya sea que necesite ayuda para presentar una petición de una orden de restricción, impugnar una orden de restricción o haya violado una orden de restricción, podemos ofrecerle ayuda legal confiable.

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