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Servicios esenciales, actividades y negocios en el condado de Pinellas

En las últimas semanas, se han aprobado múltiples órdenes tanto en el condado de Pinellas como en el estado de Florida relacionadas con la pandemia de coronavirus. Estas órdenes incluyen que ciertos negocios no esenciales deben cerrar, y que las personas deben limitar sus movimientos fuera del hogar para hacer solo aquellos movimientos necesarios para obtener o proporcionar servicios esenciales o para realizar actividades esenciales.

¿Qué constituye un servicio esencial, una actividad esencial o un negocio esencial?

Es posible que tenga preguntas sobre lo que constituye un servicio esencial, actividad esencialo negocio esencial bajo estas diversas órdenes. A continuación se muestra una descripción general de la misma.

En marzo 17, 2020

El gobernador de Florida emitió Orden ejecutiva 20-68, que establece restricciones a la venta de bebidas alcohólicas en bares, pubs, centros nocturnos, playas y restaurantes.

En marzo 20, 2020

El gobernador entró Orden ejecutiva 20-71, que incluye lo siguiente: (i) los vendedores con licencia para vender alcohol deben suspender la venta de bebidas alcohólicas para consumo en el local (pero pueden continuar vendiendo bebidas alcohólicas en recipientes sellados para consumo fuera del local), (ii) los restaurantes y bares deben suspender el consumo de alimentos en las instalaciones (pero puede proporcionar servicios de entrega o para llevar); y (iii) los gimnasios y los centros de acondicionamiento físico deben cerrar (pero dicho cierre no se aplica a los servicios del hotel que tienen una capacidad de diez personas o menos, a los servicios de un edificio residencial, que están dentro de las estaciones de policía o de bomberos, o que están ubicados dentro un edificio de oficinas para un solo ocupante).

En marzo 20, 2020

El gobernador también entró Orden ejecutiva 20-72, que establece que los profesionales de la salud (como consultorios dentales, centros quirúrgicos y hospitales) tienen prohibido realizar procedimientos o cirugías médicamente innecesarias, no urgentes o que no sean de emergencia.

En marzo 20, 2020

La Junta de Comisionados del Condado de Pinellas ingresó Resolución 20-17, que ordenó el cierre de todas las playas públicas y los aparcamientos públicos de las playas.

En marzo 26, 2020

La Junta de Comisionados del Condado de Pinellas' Resolución 20-20 – también conocido como el “Pedido más seguro en casa" - tomó efecto. Esta orden contenía directivas de seguridad para las empresas, siempre que se requiriera el cierre de los lugares de reunión públicos y privados, establecía que las empresas esenciales podían permanecer abiertas y también permitía que las empresas no esenciales permanecieran abiertas siempre que pudieran cumplir con los requisitos de los CDC. Pautas para el distanciamiento social.

En abril 1, 2020

El Gobernador emitió Orden ejecutiva 20-91. Esta Orden Ejecutiva entró en vigencia el 3 de abril de 2020 y posteriormente se modificó para reemplazar cualquier acción u orden oficial conflictiva emitida por funcionarios locales en respuesta a COVID-19. La orden expirará el 30 de abril de 2020 y establece que la Orden Ejecutiva 20-68 (bares, restaurantes) y la Orden Ejecutiva 20-71 (venta de alcohol, restaurantes) permanecerán en vigor durante la duración de Orden ejecutiva 20-52, incluidas las extensiones. Muchas empresas ya han tomado la decisión de que sus empleados trabajen desde casa o de forma remota durante esta pandemia. Esta es una decisión apropiada bajo la Orden Ejecutiva del Gobernador. La Orden Ejecutiva 20-91 del Gobernador establece expresamente que nada en esta orden prohíbe que las personas trabajen desde casa, y se alienta a las personas a trabajar desde casa. La Orden Ejecutiva 20-91 ordena que todas las personas limiten sus movimientos e interacciones fuera de su hogar para hacer solo lo necesario para obtener o proporcionar servicios esenciales o realizar actividades esenciales. La Orden Ejecutiva define “servicios esenciales” como (i) los establecidos en el Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. en su Guía sobre la Fuerza Laboral de Infraestructura Crítica Esencial, v. 2 (28 de marzo de 2020) y cualquier lista posterior publicada, (ii) los negocios y actividades designados por Orden Ejecutiva 20-89 y sus anexos (que consiste en una lista propuesta por el Condado de Miami-Dade en múltiples órdenes), y (iii) esos otros "servicios esenciales" que pueden agregarse bajo esta orden con la aprobación del Coordinador Estatal y en estrecha coordinación con el Oficial de Salud del Estado.

En abril 2, 2020

La Junta de Comisionados del Condado de Pinellas celebró una reunión de emergencia y emitió Resolución 20-23. Esta orden establece que cualquier negocio, operación u organización minorista ("negocio") que no esté dentro de la categoría de "servicios esenciales"O"actividades esenciales” conforme a la Orden Ejecutiva 20-91 debe cerrar. Cualquier negocio que continúe operando de conformidad con 20-91 debe, en la mayor medida posible, implementar y cumplir con la guía actual de los CDC sobre distanciamiento social y mitigación de riesgos (incluida la proximidad personal, el saneamiento y la higiene). Por último, el Administrador del Condado tiene el poder de emitir una orden de cierre de cualquier negocio que no cumpla con esta orden. El Departamento del Sheriff del Condado de Pinellas y la Junta de Comisionados del Condado de Pinellas emitieron posteriormente un "Estado de Florida y el Condado de Pinellas"Guía de seguridad en el hogar'”, que brinda información sobre qué negocios no esenciales deben cerrar en el condado de Pinellas según la Orden Ejecutiva del Gobernador 20-92 y la Orden de la Junta de Comisionados del Condado de Pinellas. La Guía establece que las siguientes empresas no esenciales deben cerrar:
  • Acupuntura (a menos que el servicio esté bajo el cuidado de un proveedor médico);
  • Tiendas de antigüedades;
  • Casas de subasta;
  • Negocios de tintes, lavados, detalles y accesorios para automóviles;
  • Tiendas de artículos de belleza;
  • librerías;
  • Venta al por menor, alquiler o consignación de ropa y calzado;
  • Tiendas de suministros para manualidades, arte y pasatiempos;
  • Spas de día/belleza, peluquerías o salones de uñas y barberías;
  • Negocios de venta de decoración e iluminación;
  • Establecimientos de entretenimiento;
  • negocios de floristería;
  • Estudios y gimnasios de fitness, danza, pilates y yoga;
  • Joyerías y empresas de reparación de joyas;
  • Masaje (a menos que el servicio esté bajo el cuidado de un proveedor médico);
  • Tiendas de música e instrumentos; proveedores de lecciones de música;
  • Museos;
  • Tiendas minoristas de productos ópticos (sin receta);
  • Estudios de pintura, artesanía o arte;
  • Negocios de cuidado de mascotas (incluidos los móviles y los ubicados junto con tiendas minoristas de mascotas);
  • Ventas y adopciones de mascotas (excluido el cuidado de animales en las instalaciones);
  • Tiendas de humo, tabaco, CBD o vapeo;
  • negocios de venta de spa;
  • Negocios de venta y reparación de artículos deportivos;
  • Negocios de instalación y venta de estéreos;
  • Servicios de tatuajes y piercings;
  • Tiendas minoristas de juguetes, negocios de alquiler de juegos o diversiones; y
  • Reservas de vitaminas (a menos que el servicio esté bajo el cuidado de un proveedor médico).
Además, la Guía establece que, tal como se establece en la Orden Ejecutiva del Gobernador y la Orden de la Junta de Comisionados del Condado de Pinellas, los servicios esenciales se definen de la siguiente manera:
  • Bancos e instituciones financieras;
  • Organizaciones comunitarias que brindan comidas y servicios sociales;
  • Oficios críticos (fontaneros, electricistas, exterminadores, personal de seguridad, etc.); restauración de daños por agua e incendios, personal de reparación de electrodomésticos, exterminadores y otros proveedores de servicios (como proveedores de servicios de mantenimiento de jardines y piscinas) que brindan los servicios necesarios para mantener la seguridad, el saneamiento y el funcionamiento esencial de las residencias y otras estructuras;
  • Primeros respondedores, policía y bomberos, cárceles y prisiones;
  • Alimentos y bebidas (supermercados, bancos de alimentos, venta de alcohol, restaurantes: entrega a domicilio, comida para llevar o entrega en la acera);
  • Servicios fúnebres;
  • Trabajadores de basura y saneamiento;
  • Gasolineras;
  • operaciones gubernamentales;
  • Ferreterías, tiendas de jardinería y suministros;
  • Hospitales, clínicas y otras operaciones de atención médica;
  • Hotel y alojamiento;
  • operaciones de servicios humanos;
  • Lavanderías;
  • Oficinas de correos y servicios de envío;
  • Transporte: incluidos aeropuertos y transporte público como PSTA; y
  • Servicios públicos, obras públicas e infraestructura esencial.
Por último, la Guía establece que según la Orden Ejecutiva del Gobernador y la Orden de la Junta de Comisionados del Condado de Pinellas, las actividades esenciales incluyen:
  • Asistir a servicios religiosos realizados en iglesias, sinagogas o lugares de culto;
  • Cuidar o ayudar de otro modo a un ser querido oa un amigo;
  • Participar en actividades recreativas (de acuerdo con las pautas de distanciamiento social) como caminar, andar en bicicleta, escalar, pescar, jugar al golf (los campos de golf pueden permanecer abiertos), cazar o nadar
  • Navegación recreativa (las rampas para botes, los puertos deportivos y las tiendas de carnada/aparejos pueden permanecer abiertas); y
  • Cuidando mascotas.

¿La guía de seguridad en el hogar es integral?

Si bien la Guía de seguridad en el hogar establece que no incluye todo, proporciona una descripción detallada de lo que constituye un negocio esencial y no esencial, un servicio esencial y una actividad esencial en el condado de Pinellas, Florida. Es posible que sigan más órdenes locales y estatales. Es importante asegurar el cumplimiento de las Órdenes Ejecutivas del Gobernador y las Órdenes de la Junta de Comisionados del Condado de Pinellas. Los negocios que no cumplan con estas Órdenes pueden enfrentar una orden de cierre. Los infractores también pueden enfrentar multas o sanciones penales: violar estas órdenes puede resultar en un delito menor de segundo grado punible con hasta sesenta días de cárcel y una multa de $500. Además, el Juez Jefe del Sexto Circuito Judicial emitió una orden administrativa el 27 de marzo de 2020 anunciando que cualquier persona arrestada por un delito menor que viole la cuarentena por el coronavirus será detenida sin derecho a fianza en las cárceles de los condados de Pinellas y Pasco. Él abogados de derecho laboral en Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA esperamos que se mantenga saludable y seguro durante estos tiempos difíciles.

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