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Conferencias de gestión de casos y conferencias previas al juicio

Conferencias de gestión de casos y conferencias previas al juicio

Si usted tiene una conferencia de gestión de casos (también conocido como "CMC") o un Conferencia previa al juicio (también conocido como "PTC") programado en su caso civil, es posible que se pregunte qué esperar.

De hecho, las Reglas de Procedimiento Civil de Florida establecen qué cuestiones y asuntos escuchará el tribunal en una conferencia de gestión de casos o conferencia previa al juicio.

Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.200, titulado “Procedimiento Preliminar”, establece lo siguiente:

Conferencia de gestión de casos

En cualquier momento después de que venzan los alegatos o mociones de respuesta, el tribunal puede ordenar, o una de las partes mediante notificación, puede convocar una conferencia de administración de casos. Los asuntos a ser considerados por el tribunal deben ser especificados en la orden o aviso que establece la conferencia. Además, en una conferencia de gestión de casos, el tribunal puede:

  1. programar o reprogramar el servicio de mociones, alegatos y otros documentos;
  2. fijar o reajustar el tiempo de los juicios, sujeto a la regla 1.440(c);
  3. coordinar el progreso de la acción si los factores de litigio complejos contenidos en la regla 1.201(a)(2)(A)–(a)(2)(H) están presentes;
  4. limitar, programar, ordenar o acelerar el descubrimiento;
  5. considerar la posibilidad de obtener admisiones de hecho e intercambio voluntario de documentos e información almacenada electrónicamente, y estipulaciones sobre la autenticidad de documentos e información almacenada electrónicamente;
  6. considerar la necesidad de resoluciones anticipadas de la corte sobre la admisibilidad de documentos e información almacenada electrónicamente;
  7. debatir sobre la información almacenada electrónicamente, la posibilidad de que las partes lleguen a un acuerdo con respecto a la medida en que dicha evidencia debe conservarse, la forma en que dicha evidencia debe presentarse y si el descubrimiento de dicha información debe realizarse en fases o limitarse a casos particulares. individuos, períodos de tiempo o fuentes;
  8. programar la divulgación de los peritos y el descubrimiento de los hechos conocidos y las opiniones de dichos peritos;
  9. programar o escuchar mociones in limine;
  10. perseguir las posibilidades de arreglo;
  11. exigir la presentación de estipulaciones preliminares si se pueden reducir las cuestiones;
  12. considerar remitir los asuntos a un magistrado para determinar los hechos; y
  13. programar otras conferencias o determinar otros asuntos que puedan ayudar en la disposición de la acción.

Se debe dar un aviso razonable para una conferencia de administración de casos. Si una de las partes no asiste a una conferencia de administración de casos, el tribunal puede desestimar la acción, anular los alegatos, limitar las pruebas o los testigos, o tomar cualquier otra acción apropiada.

Es importante recordar que cualquier documento que la corte requiera para cualquier conferencia debe especificarse en la orden.

Conferencia previa al juicio

Después de que la acción esté en disputa, el propio tribunal puede o deberá, a petición oportuna de cualquiera de las partes, requerir que las partes comparezcan para una conferencia previa al juicio. En una conferencia previa al juicio, las partes y el tribunal considerarán y determinarán:

  1. la simplificación de las cuestiones;
  2. la necesidad o conveniencia de enmiendas a los escritos;
  3. la posibilidad de obtener admisiones de hecho y de documentos que eviten pruebas innecesarias;
  4. la limitación del número de peritos;
  5. el uso potencial de los cuadernos de los jurados; y
  6. cualquier asunto permitido bajo la subdivisión (a) de esta regla.

Se debe dar un aviso de veinte días para una conferencia previa al juicio.

En caso de que una de las partes no asista a una conferencia de gestión de casos, el tribunal puede desestimar la acción, anular las alegaciones, limitar las pruebas o los testigos, o tomar cualquier otra acción apropiada. También es importante recordar que cualquier documento que la corte requiera para cualquier conferencia debe especificarse en la orden. Además, las órdenes que establecen conferencias previas al juicio deben ser uniformes en toda la jurisdicción territorial de la corte.

El tribunal debe dictar una orden enumerando la acción tomada en una conferencia y cualquier estipulación hecha. La orden controla el curso posterior de la acción a menos que se modifique para evitar la injusticia.

Conferencias de gestión de casos en litigios complejos

Los casos que se designan como complejos tienen sus propias reglas separadas que rigen conferencias de gestión de casos.

En la conferencia inicial de gestión de casos en un caso complejo, el tribunal fijará el caso para juicio. La fecha del juicio será no antes de los seis meses, ni después de los veinticuatro meses, a partir de la fecha de la conferencia, a menos que se demuestre una buena causa por más o menos tiempo.

Después de la conferencia de gestión de casos inicial, se ingresará una orden de gestión de casos, que especifica ciertas fechas, conferencias de gestión de casos de períodos y audiencias sobre mociones largas, un calendario de sesiones informativas y una fecha límite para llevar a cabo una resolución alternativa de disputas.

El tribunal también llevará a cabo una conferencia final de gestión de casos para casos de litigios complejos. La conferencia final tendrá lugar a más tardar noventa (90) días antes de la fecha en que el caso se fije para juicio. Al menos diez días antes de la conferencia, las partes deben reunirse y preparar un informe de gestión del caso que incluya lo siguiente:

  1. Una lista de todas las mociones pendientes que requieren acción por parte del tribunal y la fecha en que se fijó la audiencia para esas mociones;
  2. Cualquier cambio con respecto al tiempo estimado de prueba;
  3. Los nombres de los abogados que juzgarán el caso;
  4. Una lista de los nombres y direcciones de todos los testigos no expertos (incluidos los testigos de acusación y de refutación) que se pretende llamar en el juicio;
  5. Una lista de todos los elementos de prueba destinados a ser ofrecidos en el juicio;
  6. Certificación de que las copias de las listas de testigos y pruebas se presentarán ante el secretario del tribunal al menos 48 horas antes de la fecha y hora de la conferencia final de gestión del caso;
  7. Una fecha límite para la presentación de listas modificadas de testigos y elementos de prueba, cuyas enmiendas se permitirán solo por moción y por una buena causa demostrada; y
  8. Cualquier otro asunto que pudiera incidir en el oportuno y efectivo juicio de la acción.

Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.201 establece más procedimientos para acciones complejas. Es importante contar con un abogado experimentado que esté familiarizado con las reglas y procedimientos para litigios complejos.

Comuníquese con los abogados de Battaglia, Ross, Dicus y McQuaid, PA

Los abogados de Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA tienen experiencia en litigios civiles y comerciales. Si está involucrado en un litigio complejo, o si tiene preguntas sobre si tiene un caso, contacte los abogados litigantes civiles y litigantes comerciales de Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA hoy.

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