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Litigios complejos

De conformidad con la ley de Florida, un “acción compleja” se define como una acción que probablemente involucre problemas legales o de gestión de casos complicados y que puede requerir una gestión judicial extensa para acelerar la acción, mantener costos razonables o promover la eficiencia judicial. Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.201 establece definiciones y procedimientos para los casos que se identifican como complejos. Para determinar si una acción es compleja, los tribunales considerarán los siguientes factores:
  1. Si es probable que la acción involucre numerosas mociones previas al juicio que planteen problemas legales difíciles o novedosos o problemas legales que están inextricablemente entrelazados y que requerirán mucho tiempo para resolverse;
  2. Si es probable que la acción implique la gestión de un gran número de partes representadas por separado;
  3. Si es probable que la acción involucre la coordinación con acciones relacionadas pendientes en uno o más tribunales en otros condados, estados o países, o en un tribunal federal;
  4. Si es probable que la acción implique la gestión previa al juicio de un gran número de testigos o una cantidad sustancial de pruebas documentales;
  5. Si es probable que la acción involucre un tiempo sustancial requerido para completar el juicio;
  6. Si es probable que la acción involucre la gestión en el juicio de un gran número de expertos, testigos, abogados o elementos de prueba;
  7. Si es probable que la acción implique una supervisión judicial sustancial posterior al juicio; y
  8. Si es probable que la acción involucre otros factores analíticos identificados por el tribunal o una parte que tienden a complicar acciones comparables y que probablemente surjan en el contexto de la presente acción.
En general, cualquier parte puede presentar una moción para declarar una acción como “acción compleja” en cualquier momento después de que los demandados hayan sido notificados y todas las partes hayan comparecido. El tribunal también puede declarar una acción compleja de oficio. Sin embargo, si una de las partes busca que la demanda sea designada como compleja antes de que todos los demandados hayan sido notificados, la parte debe demostrar ante el tribunal por qué no se ha notificado a todos los demandados. Cuando una parte solicita declarar el caso como uno que califica como “litigio complejo”, el tribunal llevará a cabo una audiencia para determinar si la demanda requiere el uso de procedimientos de litigio complejos. El tribunal dictará una orden dentro de los diez (10) días posteriores a la audiencia. Alternativamente, si todas las partes firman y presentan ante el secretario del tribunal una estipulación por escrito de que la acción se considera “integraciones” y designar los factores por los cuales la acción debe considerarse compleja, el tribunal dictará una orden designando la acción como compleja sin necesidad de celebrar una audiencia. Dentro de los sesenta (60) días a partir de la fecha de la orden que declara compleja la acción, el tribunal llevará a cabo una conferencia inicial de administración del caso. Al menos veinte (20) días antes de la fecha de la conferencia inicial de administración del caso, los abogados de las partes se reunirán y prepararán una declaración conjunta. La declaración conjunta debe presentarse ante el tribunal a más tardar catorce (14) días antes de la conferencia de administración del caso que describe un plan de descubrimiento y debe declarar:
  1. una breve declaración fáctica de la acción, que incluye las reclamaciones y defensas;
  2. una breve declaración sobre la teoría de los daños por cualquier parte que busque una reparación afirmativa;
  3. la probabilidad de liquidación;
  4. la probabilidad de aparición en la acción de partes adicionales y la identificación de cualquier tercero a quien cualquiera de las partes buscará atribuir culpa;
  5. los límites propuestos en el tiempo: (i) para unirse a otras partes y enmendar los alegatos, (ii) para presentar y escuchar mociones, (iii) para identificar a cualquier no parte cuya identidad se conoce, o describir de otra manera tan específicamente como sea posible a cualquier no parte cuya identidad se desconozca, (iv) para revelar peritos, y (v) para completar el descubrimiento;
  6. los nombres de los abogados encargados de tramitar la acción;
  7. la necesidad de una orden de protección para facilitar el descubrimiento;
  8. propuestas para la formulación y simplificación de cuestiones, incluyendo la eliminación de reclamaciones o defensas frívolas, y el número y oportunidad de las mociones de juicio sumario o sumario parcial;
  9. la posibilidad de obtener reconocimientos de hecho e intercambio voluntario de documentos e información almacenada electrónicamente, estipulaciones sobre la autenticidad de documentos, información almacenada electrónicamente y la necesidad de resoluciones judiciales anticipadas sobre la admisibilidad de la prueba;
  10. la posibilidad de obtener acuerdos entre las partes con respecto a la medida en que dicha información almacenada electrónicamente debe conservarse, la forma en que dicha información debe producirse y si el descubrimiento de dicha información debe realizarse en fases o limitarse a individuos particulares, períodos de tiempo , o fuentes;
  11. sugerencias sobre la conveniencia y el momento de remitir los asuntos a un magistrado, maestro, otro neutral o mediación;
  12. una estimación preliminar del tiempo requerido para el juicio;
  13. fecha o fechas solicitadas para conferencias antes del juicio, una conferencia previa al juicio final y juicio;
  14. una descripción de los documentos pertinentes y una lista de los testigos de hecho que las partes creen que son relevantes;
  15. número de expertos y campos de especialización; y
  16. cualquier otra información que pueda ser útil para el tribunal al fijar más conferencias y la fecha del juicio.
En la conferencia inicial de gestión del caso, el tribunal fijará el caso para juicio. La fecha del juicio será no antes de los seis meses, ni después de los veinticuatro meses, a partir de la fecha de la conferencia, a menos que se demuestre una buena causa por más o menos tiempo. Después de la conferencia de gestión de casos inicial, se ingresará una orden de gestión de casos, que especifica ciertas fechas, conferencias de gestión de casos de períodos y audiencias sobre mociones largas, un calendario de sesiones informativas y una fecha límite para llevar a cabo una resolución alternativa de disputas.

Conferencia final de gestión de casos

El tribunal también llevará a cabo una conferencia final de gestión de casos. La conferencia final tendrá lugar a más tardar noventa (90) días antes de la fecha en que el caso se fije para juicio. Al menos diez días antes de la conferencia, las partes deben reunirse y preparar un informe de gestión del caso que incluya lo siguiente:
  1. Una lista de todas las mociones pendientes que requieren acción por parte del tribunal y la fecha en que se fijó la audiencia para esas mociones;
  2. Cualquier cambio con respecto al tiempo estimado de prueba;
  3. Los nombres de los abogados que juzgarán el caso;
  4. Una lista de los nombres y direcciones de todos los testigos no expertos (incluidos los testigos de acusación y de refutación) que se pretende llamar en el juicio;
  5. Una lista de todos los elementos de prueba destinados a ser ofrecidos en el juicio;
  6. Certificación de que las copias de las listas de testigos y pruebas se presentarán ante el secretario del tribunal al menos 48 horas antes de la fecha y hora de la conferencia final de gestión del caso;
  7. Una fecha límite para la presentación de listas modificadas de testigos y elementos de prueba, cuyas enmiendas se permitirán solo por moción y por una buena causa demostrada; y
  8. Cualquier otro asunto que pudiera incidir en el oportuno y efectivo juicio de la acción.
La Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.201 establece más procedimientos para acciones complejas. Es importante contar con un abogado experimentado que esté familiarizado con las reglas y procedimientos para litigios complejos.

Comuníquese con los abogados de Battaglia, Ross, Dicus y McQuaid, PA

Los abogados de Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA tienen experiencia en litigio complejo, que van desde litigios comerciales complejos a defensa de acciones colectivas y más. Si estás involucrado en litigio complejo, o si tiene preguntas sobre si tiene una acción compleja, comuníquese con el departamento de litigios civiles y abogados litigantes comerciales en Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA hoy. Nuestro abogados litigantes con experiencia proporcionará un consulta gratis y revisa tu caso.

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