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Ha sido notificado con una demanda: ¿y ahora qué?

Si a usted se le ha nombrado como demandado en un juicio, y un notificador le entregó una copia de la demanda y la citación, es posible que se pregunte qué debe hacer.

Tiempo de respuesta a una queja

Conforme a Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.140, “A menos que se prescriba un plazo diferente en un estatuto de Florida, el demandado deberá entregar una respuesta dentro de los 20 días posteriores a la notificación del proceso original y el alegato inicial al demandado, o no más tarde de la fecha fijada en un aviso por publicación”. Esto significa que, por lo general, el demandado entregará una respuesta a la demanda dentro de los veinte días posteriores a la notificación del proceso. Hay ciertas excepciones a esta regla general, como responder a una acción de desalojo, por lo que es fundamental comprender cuando vence su alegato de respuesta. El tiempo para responder a la queja debe aparecer en su citación.

Evitar el incumplimiento

Es importante asegurarse de que Ud. presentar un alegato oportuno de respuesta a la demanda. Si no lo hace presentar un escrito de respuesta dentro del plazo exigido por la ley, es posible que se presente un incumplimiento en su contra. Hay dos tipos de incumplimiento: un incumplimiento del secretario y un incumplimiento del tribunal. Conforme a Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.500, si una de las partes no presenta o entrega un documento en la acción, el demandante puede solicitar que el secretario declare en rebeldía al demandado por no entregar o entregar un documento. Esto se conoce como incumplimiento del empleado. De conformidad con la Regla 1.500, el tribunal también puede declarar en rebeldía cuando el demandado no ha presentado o notificado un documento en la acción. Esto se conoce como defecto judicial o un defecto de la corte. Si no presenta o entrega una respuesta a la demanda, es probable que el demandante busque que se registre un incumplimiento en su contra. Una vez que se ingresa el incumplimiento de un tribunal, es probable que el demandante siga adelante con un fallo en su contra. Si se ha ingresado un incumplimiento en su contra, puede pasar a dejar de lado el incumplimiento. Deberá establecer la debida diligencia, la negligencia excusable y las defensas meritorias para que el tribunal de primera instancia considere la posibilidad de anular el incumplimiento. Por lo tanto, si bien el tribunal de primera instancia puede anular un incumplimiento o incluso anular un fallo final en ciertos casos, ciertamente debe evitar un incumplimiento. Por esta razón, un acusado típicamente presentar un escrito de respuesta. La súplica responsiva a una queja generalmente será una respuesta o una moción para desestimar.

Respuesta

Una respuesta es una forma en que el demandado responde a la demanda del demandante. Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.110 establece que una respuesta debe expresar en términos breves y sencillos las defensas del demandado a la pretensión formulada. La respuesta admitirá o negará las alegaciones de la demanda (o declarará que el demandado no tiene conocimiento). Una respuesta también suele incluir defensa afirmativa, que son defensas legales o fácticas en respuesta a la queja. De conformidad con las Reglas de Procedimiento Civil de Florida, una respuesta debe establecer las defensas afirmativas de acuerdo y satisfacción, arbitraje y adjudicación, asunción de riesgo, negligencia concurrente, descarga en quiebra, coacción, impedimento legal, falta de consideración, fraude, ilegalidad, lesión por parte de un compañero de servicio, laches, licencia, pago, liberación , cosa juzgada, estatuto de fraudes, estatuto de limitaciones, renuncia, y cualquier otro asunto que constituya una anulación o defensa afirmativa.

Moción para despedir

Existen múltiples razones por las que un acusado elegiría presentar una movimiento para despedir. De conformidad con las Reglas de Procedimiento Civil de Florida, se puede presentar una moción de desestimación por: (1) falta de jurisdicción sobre el asunto, (2) falta de jurisdicción sobre la persona, (3) lugar inadecuado, (4) insuficiencia de proceso, (5) insuficiencia de notificación de proceso, (6) falta de expresión de causa de acción, y/o (7) falta de unión de partes indispensables. movimiento para despedir se conoce como una moción para desestimar por no establecer una causa de acción. Las Reglas de Procedimiento Civil de Florida exigen que el defensor establezca una causa de acción, contenga una declaración breve y sencilla de los motivos jurisdiccionales, una declaración breve y sencilla de los hechos finales que demuestren que el defensor tiene derecho a reparación y una demanda de juicio. Por lo tanto, si un demandante no presentó una declaración clara de los hechos finales que establecen el derecho a la reparación, el demandado puede optar por presentar una moción para desestimar. Este tipo de moción de desestimación pone así a prueba la suficiencia legal de la queja para determinar si la queja establece un reclamo válido. Al considerar una moción para desestimar, un tribunal debe aceptar como verdaderas las alegaciones bien fundamentadas contenidas en la denuncia, y el tribunal de primera instancia generalmente no tiene autoridad para mirar más allá de las alegaciones contenidas en la denuncia. Sin embargo, el tribunal no está obligado a aceptar como verdaderas las alegaciones que sean incompatibles con la ley. Además, los hechos que establecen el derecho del demandante a la reparación deben alegarse clara y definitivamente. Esto significa que las meras declaraciones de opinión o conclusión no respaldadas por hechos específicos no serán suficientes. La función de una moción para desestimar una demanda es plantear como cuestión de derecho la suficiencia de los hechos alegados para establecer una causa de acción. UN movimiento para despedir solo debe concederse cuando la parte que no interpone la demanda no puede probar ningún conjunto de hechos en apoyo de la causa de acción propuesta. Si el tribunal de primera instancia concede una moción para desestimar, se le puede permitir al demandante enmendar la demanda para establecer una causa de acción.

Moción para una declaración más definida

Una moción para desestimar puede incluir una moción alternativa para una declaración más definitiva, o un acusado puede presentar una moción para una declaración más definitiva por sí mismo. Las Reglas de Procedimiento Civil de Florida establecen que “si un alegato al que se permite un alegato de respuesta es tan vago o ambiguo que no se puede exigir razonablemente a una parte que formule un alegato de respuesta, esa parte puede solicitar una declaración más definida antes de interponer un alegato de respuesta”. Suplicando." Si el tribunal de primera instancia está de acuerdo en que la demanda es vaga o ambigua, ordenará al demandante que proporcione una declaración más definitiva.

Póngase en contacto con los abogados expertos en Battaglia Ross

Hay otras mociones que pueden ser aplicables a su caso, como una movimiento para transferir or moción para anular el servicio del proceso. Por lo tanto, es importante para contratar abogados litigantes con experiencia familiarizado con esta área de la ley para defenderlo. De hecho, en el Estado de Florida, si es una entidad corporativa, necesitará un abogado. Una corporación no puede comparecer pro se y debe estar representada por un abogado. Si necesita asistencia legal, contacte las abogados litigantes calificados en Battaglia, Ross, Dicus & McQuaid, PA hoy.

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